En la Constitución española se establece la protección del derecho a la imagen de los individuos. Es algo que pertenece al titular y muchas veces para hacer uso de ella se necesita una autorización. Ahora, ¿Qué pasa si se desea ceder la imagen a un tercero? Para ello se deberá redactar un contrato de cesión de derechos de imagen.
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¿Qué es un contrato de cesión de derechos de imagen?
Al igual que todos los contratos, el de cesión de derecho es un documento de tipo legal. En el que las partes establecen las condiciones, derechos y obligaciones que están relacionadas con el uso de la imagen de una persona. Lo acuerdos que se lleguen pueden depender del caso, pues el tiempo, el pago y las posibilidades de uso variarán, pero todo lo que se disponga en el acuerdo tiene que cumplirse.
Modelo de Contrato de Cesión de derechos de Imagen
¿Quiénes intervienen en el contrato de cesión de imagen?
De forma general, en un contrato de cesión de derechos de imagen intervienen al menos dos partes, que son:
- Cedente: Esta es la persona física que posee los derechos de imagen, le pueden ser propios o autorizados como en el caso de un representante legal. Este, luego de la negociación autorizará la cesión de uso de imagen a la otra parte.
- Cesionario: El cesionario es el tercero en el acuerdo, este puede ser una persona física o jurídica y es quien está interesado en utilizar la imagen del cedente bajo las condiciones que se hayan pautado.
¿El contrato puede ser gratis?
Lo usual es que los acuerdos de cesión de derechos sean onerosos, esto quiere decir que el cesionario debe pagar al cedente una cantidad de dinero por haber cedido los derechos. Pero existen ocasiones en las que las cesiones son gratuitas, por lo que el cedente no recibirá pago alguno, pero si se debe redactar el contrato y establecer disposiciones para limitar los derechos de uso.
¿Para utilizar la imagen de una persona es necesaria la autorización?
Sí, en la ley española se protege el buen uso de la imagen. Específicamente el artículo 18 de la Constitución menciona el derecho al derecho de honor, intimidad y a la imagen. En este caso, cada individuo tiene el derecho de utilizar su imagen como así desee y también tiene el derecho a oponerse si otras personas lo hacen.
Para evitar inconvenientes, si se desea utilizar la imagen de una persona es necesario que se autorice por medio del un contrato de cesión en donde establezca el tiempo de cesión, uso de la imagen y pago si aplica.
¿La cesión de imagen por cuánto tiempo puede hacerse?
La ley no establece un tiempo máximo ni mínimo para la cesión de imagen. Esto puede ser pactado libremente por las partes del acuerdo por lo que puede tener una duración determinada de algunos meses, años o indefinida.
¿Quién puede firmar el contrato de cesión de derechos de imagen?
El contrato debería firmarlo el titular de la imagen, es decir, a la persona a la que le pertenece, pero en algunos casos podrá hacerlo el representante legal. Esto se utiliza cuando se trata de la imagen de menores de edad o quienes estén incapacitados judicialmente. Así quien firmará el acuerdo será el representante, peor para ello necesita tener una autorización.
¿Qué debe incluir el contrato de cesión de derechos de imagen?
El contrato de cesión de derechos de video o de otro tipo puede variar en función de las necesidades y los acuerdos a los que se lleguen, pero siempre es adecuado incluir:
Datos de las partes
Se colocará nombre, apellido, DNI, NIE y otros datos como dirección si aplicara, tanto del cedente como del cesionario.
Tipo de imagen
Se describirá el tipo de imagen que se está cediendo en derecho.
Plazo
El plazo puede ser discutido entre las partes, se debe fijar día, mes y año de culminación si es que fuese definido.
Pago
El contrato puede ser oneroso o gratuito. Sea cual sea el caso se debe mencionar, si fuese oneroso se coloca la cantidad a pagar, cada cuánto y la fecha en la que se efectuará cada pago.
Condiciones de uso
Aquí de delimitará cuáles serán los usos que se le den a la imagen. Pueden fijarse disposiciones para el territorio en el que utilizará la imagen, los medios en los cuales se colocarán y soportes.
Cláusulas de incumplimiento
Aquí se mencionarán cuáles serán las sanciones y acciones que se tomarán en caso de que se incumpla alguno de los acuerdos del contrato.
Menciones
Para darle sustento legal al acuerdo se hace mención al artículo 18 de la constitución española, la ley orgánica 1/1982 de derecho de honor y al Real Decreto 1/1996 sobre propiedad intelectual.
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