En una compañía hay diferentes actividades que se necesitan hacer. Para ello se suelen contratar trabajadores, pero esta no es la única opción. También se pueden contratar los servicios independientes de una persona. Para que este acuerdo sea válido deberá firmarse un contrato de locación de servicios.
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¿Qué es un contrato de locación de servicios?
Podemos entender como contrato de locación de servicio un acuerdo que se fija entre dos partes. Una de ellas se obligará a prestar determinados servicios por un tiempo acordado por las partes, pero sin adquirir con la firma del documento subordinación alguna.
Este tipo de contrato se encuentra regulado en el Código Civil específicamente en el artículo 1764° en donde establece que los servicios que se ofrecen y contratan pueden ser intelectuales o materiales, lo que incluye asesorías, desarrollo de productos, ventas, etc.
Modelo de Contrato de locación de Servicios (Word)
¿Qué partes intervienen en el contrato de locación de servicios?
En un contrato de esta clase siempre intervienen 2 partes, estas las denominaremos:
Locador
El locador en ocasiones también es conocido como contratista. Esta es la persona que se obligará con otra a prestar un determinado servicio, pero sin estar subordinado. Además, está en el derecho de recibir una retribución monetaria por las labores realizadas.
Comitente
También el comitente puede ser conocido como contratante. Este será el que contrate los servicios del locador, pero sin que este sea su empleado, forme parte de la compañía o tenga derecho a los beneficios propios de un empleado.
Diferencias y similitudes entre el contrato de locación de servicios y el contrato laboral
Los contratos de este tipo suelen ser comparados y confundidos constantemente con los contratos laborales y aunque podrían parecerse, son distintos en diferentes aspectos. Aquí te mostramos algunas de las diferencias más notables.
Partes que intervienen
En el modelo de contrato de locación de servicios la denominación que se le da las partes es diferente a la del contrato laboral. En el contrato laboral encontraremos a un empleador y un empleado que puede desempeñar diferentes funciones. En cambio, en el de locación, se les denomina contratista/locador o contratante/comitente.
Labores realizadas
Un comitente podrá hacer las mismas labores que un trabajador, pero su estatus y relación con la empresa será diferente y no de subordinación.
Pago de los servicios
Este contrato es oneroso, por lo que siempre el locador deberá darle al comitente un pago. Cuando se firma un contrato laboral el empleador se comprometerá a entregarle un pago regular al empleado con cierta frecuencia y bajo distintos acuerdos.
En cambio, en los contratos de locación el servicio será retribuido, pero no con un pago fijo expresado en el documento, sino con honorarios que pueden ser discutidos entre las partes.
Relación laboral
El trabajador en el contrato laboral adquirirá con el empleador una relación de dependencia y subordinación en donde se establecerán horarios de trabajo, lugar para realizar el servicio y distintos controles.
A diferencia de este, al firmal el contrato de locación la relación entre las partes es independiente. El comitente podrá operar desde casa, sin horario establecido ni otro control similar al del trabajador.
Frecuencia de pago
Al firmar un contrato laboral se establece la frecuencia con la que se pagará la remuneración, esta puede ser semanal, mensual, quincenal, etc. Pero, en la locación el pago de los servicios no tiene una fecha periódica en los términos del anterior, aunque se puede fijar que el pago se haga al avanzar o terminar el acuerdo.
Beneficios
Como el comitente en este contrato no formará parte de la empresa, sino que ofrece los servicios de manera independiente no recibirá los mismos beneficios que un trabajador. Por ello no recibirá vacaciones ni gratificaciones de ninguna clase. El locador solo tendrá derecho a recibir la retribución que ha sido acordada en el contrato sin beneficios extras.
Plazo del contrato
Cuando se firma un contrato de trabajo el plazo puede ser indefinido o definido. En la locación, los contratos tienen un plazo máximo de 6 años en caso de que los servicios que se presten sean profesionales. En cambio, el plazo máximo será solo de 3 años si los servicios son de otro tipo. En caso de que se quisiera continuar prestando el servicio se deberá redactar un nuevo contrato.
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