Una de las dudas más frecuentes sobre las asociaciones sin ánimos de lucro es si deben y pueden emitir facturas. Al ser una asociación con estas características se piensa que no, pero estas cuando realizan actividades económicas son entendidas como compañías, por lo cual la emisión de factura es necesaria.
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¿Una asociación sin ánimo de lucro puede facturar?
Sí, siempre que la asociación sin ánimo de lucro realice alguna actividad económica podrá facturar. Estas actividades son desarrolladas con la finalidad de autofinanciarse, y aunque las realicen no significa que pierdan la condición de ser sin ánimo de lucro.
Las actividades pueden ser muy variadas, desde la venta de lotería, revistas, organización de eventos, talleres, cursos y fiestas. Estas actividades generarán ingresos que deberán ser facturados y puestos en la contabilidad de la asociación.
Plantilla de Factura para una Asociación sin ánimo de lucro
¿Qué debe incluir una factura de asociación sin ánimo de lucro?
El modelo de factura de asociación sin ánimo de lucro es igual que una factura comercial, salvo que no se aplique el IVA. Siempre que hagas una de estas facturas incluye:
Número
Asegúrate de que sea correlativo, no puede haber saltos.
Fecha
Coloca día, mes y año en el que se emite.
Razón social y domicilio.
Se debe colocar la razón social del emisor y el receptor al igual que el domicilio.
Descripción
De manera concisa detalla los servicios que forman parte de la transacción.
Base imponible
El valor de los servicios prestados se sumarán y se obtendrá la base imponible a la que no se le ha aplicado ningún impuesto.
Tipo de impositivo
Una asociación sin ánimo de lucro podría realizar actividades que tengan IVA. Si ese es el caso, se debe aplicar.
¿Una asociación sin ánimo de lucro debe darse de alta en el IAE?
Sí, cuando se crea una asociación sin ánimo de lucro es importante que se dé de alta en el IAE (Registro Nacional de Asociaciones). Cuando una asociación de este tipo emite una factura será como si se tratara de una empresa convencional, por lo cual tiene obligaciones fiscales tal como una.
¿Una asociación sin ánimo de lucro debe pagar IAE?
Sí, y no. El IAE establece es un impuesto directo que es obligatorio. Pero la ley contempla una exención para las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro. Según lo establecido en la Ley 49/2002 en el artículo 82,1,c menciona que están exentas las personas físicas o jurídicas, en este caso las asociaciones sin ánimo de lucro que no facturen una cantidad igual o mayor a un millón de euros.
¿Se debe aplica IVA en las facturas de una asociación sin ánimo de lucro?
El IVA es un impuesto que se debe aplicar a todas las actividades económicas, pero con algunas excepciones. Dependerá de la actividad económica que esté realizando la asociación si se le aplicará el IVA o no. Algunas de las actividades que están exentas son las educativas, médicas, deportivas y culturales. En caso de que no esté entre las actividades exentas, se deberá pagar.
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